F.A.Q.
Preguntas frecuentes del cálculo de ISR por enajenación de inmuebles
Generales del ISR
¿Qué es la ley de cálculo ochenta veinte?
El cálculo ochenta veinte es una de las diferentes variantes para calcular el ISR cuando se vende una propiedad que cuenta con terreno y con construcción.
Se utiliza cuando nos conocemos (o no existe) un precio de adquisición por separado del terreno y de la construcción. Lo que se hace, es separar el monto total de adquisición, dándole el 80% a la construcción y el 20% al terreno. De esa separación viene el nombre
Puedes ver cómo se realiza un cálculo de estos más a detalle dando clic aquí.
¿El IVA de un local comercial se calcula a partir del ISR por enajenación?
No, estos son impuestos independientes. El IVA por un local comercial lo paga el comprador y lo recibe y declara el vendedor.
¿Cómo funciona el cálculo de ISR por segregación de un inmueble?
Funciona de una manera muy similar a los demás cálculos.
Supongamos que compraste un inmueble por $100,000.00 MXN y decides vender el 20% del inmueble.
El precio de venta se pacta entre las dos partes a la hora de hacer la transacción, mientras que el precio de adquisición sería el porcentaje del precio de adquisición completo.
En este caso, el precio de adquisición sería el 20% de $100,000.00, que equivale a $20,000.00 MXN.
Impuesto Cedular
¿Qué es el impuesto cedular?
El impuesto cedular es una contribución que varía por estado y se genera cuando una persona física realiza ciertas actividades. Los estados que actualmente cobran este impuesto son:
- Chihuahua
- Yucatán
- Guanajuato
- Guerrero
- Nayarit
- Oaxaca
- Quintana Roo
Las entidades federativas pueden captar este impuesto cedular sobre los ingresos que obtengan las personas físicas que perciban ingresos por la prestación de servicios profesionales, por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles, por enajenación de bienes inmuebles, o por actividades empresariales.
Todo esto se fundamenta en el artículo 43 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
¿Qué significa utilizar el impuesto cedular como una deducción?
Al calcular el ISR por enajenación de inmuebles, el impuesto cedular puede ser añadido como una deducción.
Para esto es necesario primero la ganancia obtenida SIN añadir el impuesto cedular y de ahí se calcula el cedular como lo establezca cada estado. Teniendo el cedular calculado, es necesario hacer el cálculo de nuevo, añadiendo el impuesto cedular como un deducible (no depreciable) y realizar el cálculo normal (sin volver a calcular el cedular de nuevo).
Nuestra herramienta de cálculo de ISR por enajenación de inmuebles permite hacer esto de manera automática.
¿Cuáles estados cobran este impuesto?
Los estados que actualmente cobran este impuesto son:
- Chihuahua
- Yucatán
- Guanajuato
- Guerrero
- Nayarit
- Oaxaca
- Quintana Roo
Sobre la herramienta
¿Cómo añado y edito la información de los ejanenantes?
¿Cómo funciona compensar la pérdida con ganancia?
La herramienta cuenta con la capacidad compensar la perdida con la ganancia al momento de realizar los cálculos.
Esta opción se encuentra disponible para seleccionarla en las distintas opciones que se encuentran en la sección del cálculo de Terreno y Construcción con la casilla que dice “
¿Cada cuando actualizan los índices?
No veo que pueda imprimir un formato de mi estado, ¿qué puedo hacer?
La herramienta cuenta con la capacidad de imprimir formatos PDF llenados con la información de los cálculos que realices.
Esto se hace con el botón que dice “Imprimir Formatos”.
Si no ves el formato que deseas imprimir, ponte en contacto con nosotros y lo podemos añadir.
Conoce nuestra herramienta de cálculo de ISR gratuita
Nuvigant te ofrece una herramienta gratuita para calcular el ISR. Sin ningún costo y directo desde tu celular.
- Siempre se mantiene actualizada con los índices de BANXICO
- Puedes hacer el cálculo directamente en el celular
- Te imprime un PDF que explica paso por paso cómo se realizó el cálculo