Enajenantes y el cálculo ISR por venta de inmuebles

Un factor muy importante es el número de enajenantes en el cálculo de ISR, por ejemplo, si el inmueble lo venden unos esposos casados en sociedad conyugal, cada uno tiene que pagar su respectivo ISR. A continuación, te explicamos esto más a detalle.

El cálculo anteriormente realizado en el artículo de solo terreno podemos observar como se hace cuando es un solo enajenante del 100%, aquí elaboraremos los ejemplos con dos enajenantes del mismo y de diferente porcentaje. El porcentaje de los enajenantes siempre tiene que dar un total del 100%, por ello, en el primer caso  serán dos enajenantes de 50% cada uno y en el segundo caso uno de 70% y otro de 30%.

Los cálculos se realizan de la misma manera hasta el punto número 4 (da clic aquí para revisarlo), a partir del punto número 5 es donde ya comienzan a cambiar las operaciones dependiendo de los enajenantes. Ahora mencionaremos las cantidades que hay que tener a la mano: 

Precio Actualizado ———— $15,275.00

Utilidad Gravable ————- $4,725.00

Utilidad Anual —————— $525.00

Dos enajenantes del mismo porcentaje (50%)

En este caso como ambos enajenantes son del mismo porcentaje solo realizaremos el cálculo una sola vez, ya que ambos pagarían la misma cantidad.
            Utilidad gravable        –>          $4,725.00 MXN * 50% = $2,362.50 MXN
            Ganancia actual          –>          $2,362.50 MXN / 9 años = $262.50 MXN

Consultamos la tabla de tarifas del ISR (esta tabla la puedes encontrar en la página oficial del Diario Oficial de la Federación dando clic aquí) y la ganancia anual queda dentro del primer rango:

Límite inferior Límite Superior Cuota Fija % excedente
$0.01 $7,735.00 $0.00 1.92%

Ganancia anual menos el límite inferior      –>   $262.50 MXN – $0.01 MXN = $262.49 MXN
Se multiplica por el porcentaje excedente  –>   $262.49 MXN * 1.92% = $5.04 MXN
Se suma la cuota fija                                        –>  $5.04 MXN + $0.00 MXN = $5.04 MXN 
Se multiplica por los años para obtener el ISR a pagar:

            $5.04 MXN * 9 años = $45.00 MXN cada uno

Dos enajenantes, uno de 70% y uno de 30%  

En este caso los enajenantes no tienen el mismo porcentaje y hay que realizar el cálculo por cada uno. Haremos primero el de 70%:
            Utilidad gravable  –>    $4,725.00 MXN * 70% = $3,307.50 MXN
            Ganancia actual    –>    $3,307.50 MXN / 9 años = $367.50 MXN

Consultamos la tabla de tarifas del ISR (esta tabla la puedes encontrar en la página oficial del Diario Oficial de la Federación dando clic aquí) y la ganancia anual queda dentro del primer rango: 

Límite inferior Límite Superior Cuota Fija % excedente
$0.01 $7,735.00 $0.00 1.92%

Ganancia anual menos el límite inferior    –>  $367.50 MXN – $0.01 MXN $367.49 MXN
Se multiplica por el porcentaje excedente –> 
$367.49 MXN * 1.92% = $7.06 MXN
Se suma la cuota fija                                      –>  $7.06 MXN + $0.00 MXN = $7.06 MXN
Se multiplica por los años para obtener
el ISR a pagar:

            $7.06 MXN * 9 años = $64.00 MXN

 Ahora el cálculo de 30%:
            Utilidad gravable   –>     $4,725.00 MXN * 30% = $1,417.50 MXN
            Ganancia actual     –>     $1,417.50 MXN / 9 años = $157.50 MXN

Consultamos la tabla de tarifas del ISR (esta tabla la puedes encontrar en la página oficial del Diario Oficial de la Federación dando clic aquí) y la ganancia anual queda dentro del primer rango:

Límite inferior Límite Superior Cuota Fija % excedente
$0.01 $7,735.00 $0.00 1.92%

Ganancia anual menos el límite inferior      –>  $157.50 MXN – $0.01 MXN $157.49 MXN
Se multiplica por el porcentaje excedente  –>
 $157.49 MXN * 1.92% = $3.02 MXN
Se suma la cuota fija                                       –>  $3.02 MXN + $0.00 MXN = $3.02 MXN
Se multiplica por los años para obtener
el ISR a pagar:

            $3.02 MXN * 9 años = $ 27.00 MXN

Una vez que se han hecho los cálculos se suma lo correspondiente para obtener el total del ISR, en el primer caso como solo era un enajenante del 100% la cantidad queda igual $91.00 MXN, en el segundo caso de dos enajenantes del 50% cada uno sumamos la cantidad de ambos calculando un total de $90.00 MXN y por último en el tercer caso de dos enajenantes el primero de 70% y el segundo de 30% la suma de ambas cantidades es de $91.00 MXN. 

Como ya viste, el número de enajenantes en el cálculo de ISR, es muy importante así como indicar correctamente el porcentaje que le corresponde a cada uno, entre más grande sea la cantidad de la ganancia más grande es la diferencia del total del ISR, por ello te invitamos a realizar los cálculos con diferentes enajenantes y porcentajes en nuestra plataforma donde podrás ver cómo influyen estos mismos. 

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