Como ustedes sabrán, el artículo 17 de la LFPIORPI determina qué operaciones serán consideradas como Operaciones Vulnerable y establece las reglas para dar avisos.
Sin embargo, al momento de mencionar la cantidad de UMAs necesarios para identificar y dar aviso, no lo muestra de una manera tabular. Eso le causa muchos problemas a mi cerebro de ingeniero, por lo que tabulé la información y se las comparto en este artículo.
En la tabla encontrarán las siguientes columnas:
- Artículo 17 Fracción
- Nombre de la actividad Vulnerable
- Identificar desde: en operaciones vulnerables diferentes a de fé pública, no siempre es necesario identificar ni acumular los montos si no sobre pasan un umbral. Por ejemplo para juegos con apuestas, si se realiza una transacción menor a 325 UMAs, no es necesario ni identificar al cliente ni mantener un acumulado. Sin embarago para la mayoría de las operaciones de la fé pública, se necesita identificar y mantener registro de los acumulados a partir de 1 peso.
- Aviso desde: si sobrepasa esta cantidad, se tiene que dar aviso.
- Límite efectivo: la cantidad máxima de efectivo que se puede manejar en esas operaciones.
Artículo 17 fracción | Actividad Vulnerable | Identificar desde | Aviso desde | Límite Efectivo |
XII | Prestación de servicios de Fé pública | |||
A | Notarios Públicos | |||
a) | Enajenación de Inmuebles | $1 | 16,000 UMA | 8,025 UMA |
b) | Otorgamiento de poder con carácter irrevocable | $1 | $1 | |
c) | Constitución, aumento o disminución de capital, fusión o escisión, compraventa de acciones, de personas morales | $1 | 8,025 UMA | 3,210 UMA |
d) | Constitución de fideicomisos, traslativos de dominio o garantía | $1 | 8,025 UMA | |
e) | Protocolización de contratos de préstamo en donde el acreedor no es parte del sistema financiero | $1 | $1 | |
B | Corredores Públicos | |||
a) | Realización de avalúos sobre bienes (con fé pública) | $1 | $1 | |
b) | Constitución, aumento o disminución de capital, fusión o escisión, compraventa de acciones, de personas morales mercantiles | $1 | $1 | 3,210 UMA |
c) | Constitución de fideicomisos traslativos de dominio o garantía | $1 | $1 | |
d) | Protocolización de contratos de préstamo mercantil en donde el acreedor no es parte del sistema financiero | $1 | $1 | |
C | Funcionarios con Fé Pública | |||
a) | Cuando intervengan en la realización de actividades vulnerables | $1 | $1 |